- diciembre 9, 2020
- Publicado por: s.admin
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Tratándose de reuniones en las que hayan de someterse a consideración de los accionistas estados financieros de fin de ejercicio o se vayan a tomar decisiones relacionadas con operaciones de transformación, fusión o escisión, los accionistas dispondrán de 5 días hábiles para ejercer el derecho de inspección, dándosele en dicha ley un tratamiento similar al que el Código de Comercio otorga al derecho de inspección de los accionistas en las sociedades anónimas, quienes únicamente pueden ejercerlo 15 días antes de la reunión ordinaria. Por lo anterior y salvo que en los estatutos de la sociedad por acciones simplificada se prevea un término superior, los accionistas únicamente podrán ejercer su derecho de inspección durante los 5 hábiles días previos a la reunión en la que se vayan a tratar los señalados asuntos, sin que en ningún otro momento del año tengan acceso a la documentación social.
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