Contaduría General de la Nación modifica la presentación de las notas a los estados financieros

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Como producto de las mejoras que conlleva el proceso de consolidación de la información contable pública, originadas en la revisión interna de la CGN y en retroalimentación de los usuarios de la información, se requiere implementar mecanismos para garantizar el cumplimiento con las revelaciones mínimas requeridas por cada marco normativo en las notas a los estados financieros que presentan las entidades públicas y que de acuerdo con los establecido por la CGN, deben transmitir información a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) al cierre de la vigencia contable.

En virtud de lo anterior, se modifica el artículo 2 de la Resolución 441 de 2019, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO 2. A partir del corte de presentación del informe de cierre para la vigencia 2020, las entidades públicas incluidas en el ámbito del Régimen de Contabilidad Pública, de conformidad con los dispuesto en la Resolución 354 de 2007, modificada por la Resolución 156 de 2018, y demás normas que la modifiquen o sustituyan, deberán presentar sus notas a los estados financieros, cumpliendo con la estructura uniforme detallada en el documento anexo denominado “PLANTILLA PARA LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN UNIFORME DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS”, el cual incluye aspectos para la preparación de las notas y hace parte de la presente Resolución.

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