¿Cuál es la prelación legal de las sanciones de entes fiscales a la luz de la norma concursal?

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Los créditos del fisco por concepto de sanciones no tienen asignada preferencia alguna y su graduación corresponde a créditos de quinta clase, como quirografarios que son, categoría que deriva de su no inclusión expresa en las listas de los créditos con preferencia, especial o general.

Vea el OFICIO 220-157862 de la Supersociedades[:]



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