- noviembre 26, 2020
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
[:es]
Los comprobantes de contabilidad deben ser numerados consecutivamente, con indicación del día de su preparación y de las personas que los hubieren elaborado y autorizado. Se debe indicar la fecha, origen, descripción y cuantía de las operaciones, así como las cuentas afectadas con el asiento, la descripción de las cuentas y de las transacciones puede efectuarse por palabras, códigos o símbolos numéricos, caso en el cual deberá registrarse en el auxiliar respectivo el listado de códigos o símbolos utilizados según el concepto a que correspondan; los comprobantes de contabilidad pueden elaborarse por resúmenes periódicos, a lo sumo mensuales, los comprobantes de contabilidad deben guardar la debida correspondencia con los asientos en los libros auxiliares y en aquel en que se registren en orden cronológico todas las operaciones. Por lo anterior, la numeración consecutiva es un tema de organización de cada entidad y de acuerdo con sus sistemas de control o tecnología usada en su generación de documentos.
[:]