- noviembre 8, 2021
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Las operaciones de inversión extranjera en Colombia deben registrarse ante el Banco de la República, por lo que se recomienda revisar el capítulo 7 de la Circular Reglamentaria DCIN 83 proferida por esa entidad, el cual hace referencia a las inversiones internacionales. Ante la Superintendencia de Sociedades no se debe realizar ningún trámite para el registro de las inversiones extranjeras.