[:es]Se modifica el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el proceso de liquidación.[:]

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Mediante la Resolución 220 de 2020, expedida por la CGN, se modifican el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación. Por lo anterior se requiere incorporar, en el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el proceso de liquidación. En virtud de ello, la entidad en liquidación efectuará el cierre contable de sus operaciones al día anterior a la fecha de transición. Este cierre contable determinará el resultado del ejercicio de la entidad hasta el momento en el que se cumplió el principio de entidad o negocio en marcha, para lo cual aplicará el marco normativo que aplicaba con anterioridad a la fecha de transición. La fecha de transición es aquella en la cual se ordena la supresión o disolución de la entidad con fines de liquidación.

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