¿Para la transmisión de nómina electrónica, es obligatorio el uso de un proveedor tecnológico?

Si, el software dispuesto para el documento de nómina electrónica, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 9 de la Resolución 000013 de 2021 puede corresponder a un desarrollo informático propio, o un desarrollo informático adquirido con un proveedor de soluciones tecnológicas.



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