Sí una persona vende un activo fijo, el cual no se encuentra dentro del giro ordinario de sus negocios, ¿Puede considerarse comerciante?

No. El hecho que otorga la calidad de comerciante a una persona es la realización por parte de esta de actos de comercio de manera profesional, habitual y no ocasional, tal y como lo establece el artículo 11 del Código de Comercio, cuando señala: “las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes en cuanto a dichas operaciones.”. Si nos detenemos un poco en la expresión profesionalmente, podemos concluir que, aunque se desarrolle una actividad mercantil, se es comerciante solo si se hace de forma profesional. A manera de ejemplo, si una persona natural vende su casa, o sus muebles, no lo está haciendo de forma profesional ni habitual, es un acto ocasional que en ningún momento lo convierte en comerciante.



Abrir chat
Gracias por comunicarse con VERA ASESORES FINANCIEROS ¿Cómo podemos ayudarle?